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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 26 de julio de 2013cermi.es semanal Nº 89

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Derechos Humanos

La Comisionada de Género del CERMI desglosa la Convención de la ONU en materia de derechos

En el Curso de Verano ‘Personas con discapacidad, ciudadanas de pleno derecho: de la Convención a la práctica real’, de la Universidad Complutense de Madrid

22/07/2013

La comisionada de Género del CERMI y miembro del Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, Ana Peláez, ha abordado ‘La Convención de la ONU: una perspectiva basada en los derechos’, en el marco del curso ‘Personas con discapacidad, ciudadanas de pleno derecho: de la Convención a la práctica real’, organizado por la Fundación Eguía-Careaga Fundazioa, dentro de los cursos de verano de la Universidad Complutense de Madrid, en San Lorenzo de El Escorial.

Ana Peláez (derecha), en los cursos de verano de la Universidad Complutense de MadridDurante su intervención, celebrada este lunes, Ana Peláez apuntó que, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2011, alrededor de 1.000 millones de personas (cerca del 15% de la población mundial) viven con una discapacidad y denunció su invisibilidad dentro del sistema de derechos humanos de Naciones Unidas y las constantes vulneraciones de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
 
También expuso que la Convención de la ONU, ratificada por España, consta de un texto compuesto por 50 artículos que establecen los principios, valores y mandatos que deben observar los Estados parte que la ratifiquen, donde no se reconocen derechos distintos, y con la que se produce un cambio de paradigma en materia de discapacidad, pasando del modelo médico-rehabilitador al modelo social y donde el concepto de discapacidad evoluciona.
 
Asimismo, explicó que la Convención reconoce cualquier forma de discriminación (directa, indirecta y estructural), incluida la denegación de los ajustes razonables y la falta de accesibilidad por la no aplicación del principio de diseño universal.
 
Peláez destacó que este texto introduce la accesibilidad como principio rector, ya que garantiza el acceso de las personas con discapacidad e igualdad de condiciones con las demás al entorno físico, al transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertas al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.
 
Otras características que resaltó son la obligación de efectuar ajustes razonables y la importancia de la autodeterminación de las personas con discapacidad, al mismo tiempo que hizo referencia a que establece el reconocimiento de los grupos más vulnerables, como las niñas y niños con discapacidad, las mujeres, las personas mayores, las personas residentes en entornos cerrados y segregados, las personas severamente afectadas por su condición de discapacidad, las que viven en entornos rurales, las migrantes y las de etnias diferentes.
 
Según indicó Ana Peláez, la Convención tiene como objetivo “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, promoviendo el respeto de su dignidad inherente”.
 

Más derechos

 
Por ello, explicó que la Convención establece la adopción de las medidas necesarias para la garantía de una serie de derechos, como el derecho a la vida, a la protección ante situaciones de riesgo, al igual reconocimiento como persona ante la ley, al acceso a la justicia, a la libertad y seguridad de la persona, a la protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, a la protección contra la explotación, la violencia y el abuso, o a la protección de la integridad personal.
 
También habló del derecho a la libertad de desplazamiento, a convivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad, a la movilidad personal con la mayor independencia posible, a la libertad de expresión y de opinión y acceso a la información, al respeto a la privacidad y la protección contra las injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o de agresiones ilícitas contra su honor y su reputación, al respeto al hogar y de la familia y a la igualdad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales.
 
El derecho a la educación inclusiva, a gozar del más alto nivel posible de salud, a la habilitación y rehabilitación para lograr mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida, a tener la oportunidad de ganarse la vida a nivel laboral, a nivel de vida adecuado y a la protección social, a participar en la vida política y pública, y a participar en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, son otros derechos que señaló. 
 
Ana Peláez incidió así en que, gracias a la Convención, se ha conseguido la conquista de los derechos universales a través de un instrumento internacional y se han establecido los principios de igualdad y no discriminación recogidos en el corpus jurídico europeo, al tiempo que permite una legislación española más amplia y específica en materia de discapacidad.
 
Además, agregó que el tratado internacional establece la realización de ajustes necesarios en el ordenamiento jurídico, haciendo hincapié en una mayor visibilidad de las personas con discapacidad, una educación ciudadana con respecto de los derechos de las personas con discapacidad, lo relativo a la Cooperación Internacional, la protección del sistema sanitario, la igualdad ante la ley y un igual acceso a la justicia.
 
El curso ‘Personas con discapacidad, ciudadanas de pleno derecho: de la Convención a la práctica real’, que se celebra del 22 al 24 de julio, tiene como objetivo promover el conocimiento aplicado en materia de discapacidad, basado en la investigación y el análisis, para analizar las posibles repercusiones prácticas de la Convención en la realidad de las personas con discapacidad, en aras de reflexionar y generar ideas acerca de cuáles serían las actuaciones necesarias para mejorar la situación del colectivo de personas con discapacidad y garantizar su plena inclusión social.
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